domingo, 23 de diciembre de 2012

Ayuda para las fichas de ROMA

Hola, chicos:

Ante todo, FELIZ NAVIDAD. Espero que estéis descansando estos días con vuestras familias.

Aunque algunos de vosotros ya tenéis casi terminados los ejercicios que mandé hace unas semanas, copio para los más rezagados una serie de enlaces que pueden agilizar vuestra búsqueda por Internet, así tendréis más tiempo para celebrar la Navidad. El resto de información necesaria está en el libro de texto.
Por cierto, el enlace del ejercicio 29 no funciona (tendré que avisar a SM), por eso os copio yo el listado de lenguas provenientes del latín y un enlace a la wikipedia en la que podéis encontrar los hablantes de cada una de ellas (pinchando sobre la lengua en cuestión). Al final, sólo tenéis que realizar una suma de todos los hablantes. 

¡Ánimo! Al volver de vacaciones, el martes, realizaremos los equipos para seguir aprendiendo sobre ROMA. El lunes podéis buscarme en el departamento si tenéis alguna duda.



Lenguas romances (provienen del latín)



Cómo se hace un arco romano


¿Cómo se hace un Sudoku?

El Sudoku estándar (porque hay múltiples variantes) presenta una cuadrícula de 81 casillas, de de 9 filas x 9 columnas, compuesta por 9 bloques de 3 filas × 3 columnas, que también se llaman “cajas”.

Al inicio del sudoku vemos que algunas casillas ya contienen números. Estos números iniciales son conocidos como "números dados" (también hay quien los denomina "pistas").

Nuestro objetivo es rellenar las casillas vacías con números del 1 al 9. Pero estos números tenemos que colocarlos de tal forma que cada columna, cada fila y cada bloque sólo puede contener los números del 1 al 9 SÓLO UNA VEZ.
Así, el resultado es que cada número aparece únicamente una vez en cada una de las tres "direcciones". De ahí su nombre: “Su” = número; “Doku” = único".



En la Constitución Española se recoge lo siguiente, ¿lo sabíais? ¿Os sorprende?

Artículo 16. 
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley. 
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. 
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. 


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